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- Abril 13, 2020
- 12:27 pm
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Al termino de esta semana podemos comunicarles las medidas expresadas por SUNAT, para que todas las empresas puedan enfrentar las circunstancias actuales sin verse afectadas:
– Primera medida: es la extensión del vencimiento de la declaración jurada mensual Febrero 2020 para micro, pequeñas y medianas empresas. Aún no se ha establecido el nuevo cronograma.
– Segunda Medida: es que las cuotas que vencen el 31 de Marzo, no serán tomadas en cuenta para la pérdida de fraccionamiento (incluido el interés moratorio), siempre y cuando sean pagadas hasta el 30 de abril del 2020.
– Tercera medida: es la solicitud de libre disposición de montos depositados, la solicitud se ingresa hasta el día 7 de abril de 2020 mediante la plataforma de SUNAT y la solicitud comprende el monto acumulado hasta el 15 de marzo de 2020.
– Cuarta medida: la declaración de libros y registros vinculados a asuntos tributarios se aplaza hasta el 4 de mayo del 2020 para micro, pequeñas y medianas empresas.
– Quinta medida, última medida hasta el momento, mediante el decreto Nº 044-2020-PCM la SUNAT expresa que no habrá sanciones administrativas para los contribuyentes (micro, pequeña, mediana y gran empresa) que incurran en infracciones tributarias durante el estado de emergencia. Asimismo la obligación de efectuar el pago de regularización correspondiente a la declaración anual del impuesto a la renta se mantiene sin cambio de fecha de vencimiento para aquellos con ingresos netos superiores a 2300 UIT en el 2019.
Como Acepta Perú mantendremos a todos nuestros clientes informados oportunamente sobre las medidas que exprese SUNAT. No olvidemos seguir las disposiciones de prevención expresadas por nuestro gobierno, adaptarnos a las circunstancias actuales es vital para mantener el progreso de nuestro país.
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